Diario special rapporteur for human rights

por/paola ARS,Diego P/

20 AÑOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA


IMPORTACIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Art Paola Andrea Rodriguez Y Diego Posada

"Conocer la importancia de los derechos humanos es obtener la información que nos compite y  básicamente necesitamos saber, un derecho es algo que por ley y por naturaleza poseemos todos los seres humanos, todos por lo general abarcamos  el tema siempre para afirmar que no se cumplen pero la pregunta es si realmente contribuimos nosotros mismos a su cumplimiento, los derechos humanos son como la responsabilidad que deberíamos llevar todos en sí, , saber y comprender  que necesitamos entenderlos para poder aceptarlos, la mejor forma de acercarnos a ellos es promoviendo su conocimiento entender su valor sin buscar burlarlos fácilmente si todos los seres humanos tuviéramos la capacidad de saber qué significado tienen las cosas sabríamos s como los promulga decirlas correctamente. ahora retomando , por lo general van acompañados de entidades que buscan promoverlos, hay para comodidad de cualquier persona ya que son promulgados para todas las personas y no tienen preferencias en ellas yo les invito a concientizarnos de luchar por algo que aun existe no por buscar como tragedia o escusa él no se cumplen, por dar un simple ejemplo tomemos un primer paso consultemos que son los derechos humanos para que sirven y que nos dicen y empecemos a considerar el como promoverlos de una manera adecuada ".

les invito a socializar lo anterior con el siguiente articulo:

20  años de la constitución política
Articulo El espectador

Las actividades para celebrar los 20 años de la Constitución Política de Colombia Dichas actividades de índole académica, política y cultural, se llevarán a cabo a partir de este 04 de febrero y hasta el próximo 04 de julio, fecha en la que se cumple el aniversario número 20 del nacimiento de la actual carta magna con el propósito de analizar cuáles han sido sus logros y cuáles deben ser los retos a los que se debe enfrentar.


La ceremonia contó con la presencia del presidente de la corte constitucional, Mauricio González; el presidente de la Corporación Centro de Estudios Constitucionales y delegatario de la Asamblea Nacional Constituyente, Augusto Ramírez Ocampo; el gobernador de Santander, Horacio Serpa; el gobernador de Nariño, Antonio Navarro Wolf y la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes, Consuelo González de Perdomo, entre otros.



El también ex canciller Ramírez Ocampo señaló que la Constitución de 1991 significó para el país el paso del Estado de Derecho al Estado Social de Derecho. “Hay muchas instituciones, muy trascendentales como la Carta de los Derechos y Deberes, la Corte Constitucional, la Fiscalía General de la Nación, la acción de tutela, la Defensoría del Pueblo, instituciones que han tenido un enorme prestigio y están en crecimiento, mientras hay otras que no han tenido tanta suerte como la Comisión Nacional de Televisión que se encuentra en estado pre agónico, asimismo hay otras que necesitan modificaciones como el Consejo Nacional Electoral o el Consejo Superior de la Judicatura”, afirmó Ramírez Ocampo.




     Sin embargo, agregó que “la Constitución de 1991 es una entidad viviente que ha tenido 29 reformas en 20 años, aplicadas a 54 artículos, las cuales algunas fueron malas, otras excelentes como la reforma política, de modo que la Carta Magna tiene la facilidad de acomodarse a los tiempos y por eso, espero que su vigencia sea tan larga como la Constitución de 1986 que duró 105 años y tuvo 75 reformas”.





Por su parte, el gobernador de Santander y ex constituyente por el partido Liberal Horacio Serpa Uribe indicó que la Asamblea Nacional Constituyente, figura con la cual se le dio origen a la Constitución, es un ejemplo de cordura, credibilidad, cordialidad y hermandad donde primó el interés del país por encima de los intereses de los partidos políticos.



Que bueno que después de 20 años los constituyentes podamos reconocer que no fue una norma perfecta, pero que seguiremos luchando para lograrlo.  No cedimos a tentaciones extremas y decidimos en pro de las necesidades del país”, enfatizó Serpa Uribe.



Asi mismo le pidió que se cuestione acerca de lo que hubiera sido Colombia sin la Corte Constitucional y la Defensoría del Pueblo  o sin la tutela y las iniciativas populares, elementos que le han permitido a los ciudadanos contar con el reconocimiento y la garantía de sus derechos.



El gobernador de Nariño y ex constituyente por el movimiento  M- 19 Antonio Navarro Wolf indicó que la Carta Magna es el símbolo de la integración y la inclusión, y sin ella no hubiera sido posible la adecuada defensa de los Derechos Humanos. “La Constitución significó la inclusión de nuevos partidos políticos, de las comunidades indígenas y de las afro descendientes y esto ha permitido el reconocimiento de sus derechos, al igual que significó la reconciliación. Inclusión y reconciliación son dos características del pueblo colombiano por las cuales hay que trabajar para alcanzar la paz”, afirmó Navarro Wolf.



Finalmente, los asistentes a la conmemoración organizada por el Centro de Estudios Constitucionales y la Presidencia de la Cámara de Representantes, coincidieron en afirmar que la Constitución Nacional es el único camino hacia la paz y la “locomotora” para conseguir la prosperidad.






 DERECHOS FUNDAMENTALES,SOCALES ECONÓMICOS Y CULTURALES Y COLECTIVOS
MECANISMOS DE PROTECCION


mecanismos de protección


La Acción de Tutela
La acción de tutela es el mecanismo de protección de los derechos fundamentales. La constitución de 1991 la establece en los siguientes términos:
"Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
"La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacer. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
"Esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
"En ningún caso podrán transcurrir mas de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.
"La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación renuente o indefensión".
La acción de tutela fue desarrollada por el Decreto Extraordinario 2591 de 1991, el cual a su vez fue reglamentado por el Decreto 306 de 1992. En lo que sigue se aprecian los principales aspectos de la acción de tutela. Lo demás puede ser ampliado con el estudio de los decretos mencionados y la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

La Acción de Cumplimiento
La Constitución Política de 1991 la consagra así:
"Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido".
La acción de cumplimiento fue desarrollada mediante la ley 393 de 1997. A continuación se analizan los aspectos más importantes de este mecanismo, para un estudio más amplio de la acción de cumplimiento recomendamos examinar la ley 393 de 1997 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.


Las Acciones Populares
Las acciones populares son el mecanismo de protección de los derechos e intereses colectivos y difusos (los relacionados con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad públicas, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, etc.).
Están previstas en el primer inciso del artículo 88 de la Constitución Política de 1991,
"La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.

"Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos".
La Ley 472 de 1998 desarrolló el artículo 88 de la Constitución Política, tanto en lo relativo a las acciones populares, que estamos examinando en este aparte, como a las acciones de grupo o de clase que examinaremos después. En los párrafos siguientes cuando se mencione un artículo, corresponderá a dicha ley.


Las Acciones de Clase o de Grupo
La segunda parte del artículo 88 de la Constitución Política se refiere a un mecanismo cercano a las acciones populares pero diferenciable, se trata de las llamadas acciones de grupo o de clase. Fueron consagradas en el inciso segundo del artículo 88 de la Carta Política, enseguida de las acciones populares, dice que la ley,
"También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares".




Entretenimiento
Encuentra las siguientes palabras en la sopa de letras







Derechos Vulnerados

DERECHO A LA PAZ/Art 22


Derecho a la paz es el derecho que todos tenemos de vivir en una sociedad en que los conflictos se resuelven por medios pacíficos y no violentos. La violencia como dice Helder Camara conduce a un espiral de violencia donde la violencia genera más violencia cada día. Por lo tanto, debemos contribuir a que la violencia cese.
El derecho a la paz es uno de los derechos colectivos que se protegen con la nueva Constitución. Se entiende no solo como un derecho sino como un deber, que todos de múltiples maneras contribuimos a que se consolide o se disuelva como derecho. En la medida en que actuamos violentamente o educamos con actitudes violentas, generamos más violencia en la sociedad a la que pertenecemos. Por lo tanto se impone para cada uno el deber de fomentar la paz o lo que es similar el deber de no actuar en forma violenta y buscar la solución de conflictos por medios pacíficos.



Lamentablemente es uno de los mas vulnerados en Colombia y esto da cuenta con los secuestros que ocurren día a día en Colombia;

Art/El espectador

El drama del secuestro, un "arma política y de guerra" en Colombia, ha convertido a este país en el más azotado históricamente por ese flagelo en el mundo y donde en los últimos diez años más de 2.600 personas han sido privadas de su libertad en condiciones infrahumanas.
"Colombia es el país con mayor número de secuestros registrados en el mundo", afirmó a Efe la subdirectora de la organización no gubernamental País Libre, Claudia Llano, que desde hace años contabiliza el secuestro en Colombia bajo un estricto estudio de campo que supera a los realizados por los sucesivos gobiernos.
Los datos de País Libre se complementan con los ofrecidos, también a Efe, por el periodista Herbin Hoyos, director del programa "Las voces del secuestro" de Caracol Radio, quien aseguró que el mayor número del secuestro se dio en el año 2000, cuando los grupos armados llegaron a tener cautivos a más de 3.700 colombianos.
Y es que desde la década de los años sesenta del siglo pasado, en coincidencia con el nacimiento de las guerrillas, el secuestro ha sido en esta nación un mecanismo de financiación para los grupos armados.
Según Hoyos, las guerrillas "se dieron cuenta de que el secuestro además de una herramienta de financiación, también podía ser un arma política", por eso comenzaron a secuestrar a políticos, policías y militares con un importante impacto mediático internacional.


DERECHO A LA SALUD Y SANEAMIENTO AMBIENTAL COMO SERVICIOS PÚBLICOS/Art 49

La salud incluye los aspectos físico y mental del ser humano y el saneamiento ambiental el entorno físico y social en que se desarrolla la persona. Sobre estos dos grandes temas debe consultarse el desarrollo normativo de los Sistema Nacional de Salud y Sistema Nacional Ambiental.



Es desmotvante observar que es un derecho que no todos los profesionales cumplen, para este caso retomare una noticia de el canal rcn, que nos evidencia la muerte de una señora en la puerta de un hospital, la cual no fue atendida por problemas económicos del hospital.

Noticia mujer muere en un hospital
La mujer, de 44 años, estuvo más de una hora esperando por atención. Los familiares de la víctima denunciaron que a pesar del evidente mal estado de la paciente ningún integrante del centro de salud del barrio Olaya Herrera la socorrió. 

Según testigos, los médicos argumentaron falta de pago de sus salarios para  no atender  a la paciente. 


DERECHO AL TRABAJO/Art 25



Se entiende que el trabajo en condiciones dignas y justas es un derecho y además una obligación social.
Desde el preámbulo se proclamó el trabajo como uno de los fines de la Constitución Nacional. Esto se debe entre otras cosas a que en el mundo actual el trabajo se ha constituido como uno de los principales medios para conseguir la subsistencia y la realización personal de los seres humanos en la sociedad. Cuando se niega el derecho al trabajo se está negando el acceso a muchos otros derechos laborales. Esto no era sí en épocas pasadas como por ejemplo para los griegos en la antigüedad, el derecho al trabajo no existía pues el trabajo material era despreciable para las élites dominantes que sólo realizaban labores intelectuales. Por lo tanto se extiende este derecho al derecho a protección en caso de desempleo.

Mas sin embargo este derecho es vulnerable miles de personas dia a dia pierden sus trabajos;

Tomemos Sus Cusas Por Ejemplo
La tasa de índice de desocupación del mes de enero pasado reveló que se elevó en 308.000 personas más el número de desempleados comparado con el mismo periodo de 2008.
Stéfano Farné, investigador de la Universidad Externado de Colombia, indicó que "la reforma laboral no generó todos los empleos esperados".
Y aunque con la política gubernamental se crearon 384.000 nuevos trabajos en el último año, las empresas "sólo están contratando empleados temporales y esos son fáciles de descartar tan pronto se termine el contrato", aseguró Ricardo Bonilla, investigador de empleo de la Universidad Nacional.
Así mismo, el empresario exportador Mario Aldana, manifestó que la ayuda oficial que recibe para generar puestos es "muy mínima. Es una ayuda que no alcanza pues a cubrir ni los costos".
Por su parte, Farné destacó que los sectores de más crecimiento en la economía no son siempre los que brindan más oportunidad de empleo.
"El 50 por ciento de las exportaciones colombianas son del sector minero, pero este sector emplea solamente el 1 por ciento de todos los ocupados", precisó.
Por otro lado, pese a que existen programas en los que la gente inscribe sus hojas de vida en servicios públicos de empleo con la esperanza de encontrar un trabajo, algunos pueden tardar más de dos años a la espera de ser llamados para una entrevista.
Sonia Cristina Prieto, directora regional del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) en Bogotá, expresó que muchos puestos se desperdician porque los aspirantes no llenan el perfil, lo que demuestra una grave falta de capacitación, de experiencia o de ambas.
"De esas vacantes reales nuestro índice de colocación es del 50 por ciento. Seguramente muchas personas se inscribieron, pero también hay muchos que desertan", explicó.

ssoriano | Noticiascaracol.com


                                                            


DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL COMO SERVICIO PUBLICO/Art 48

En desarrollo de este artículo de la Constitución se expidió la Ley 100 de 1993 que crea el Sistema de Seguridad Social Integral para el país regido por los principios de solidaridad y universalidad.                                     


         

La inseguridad es una problematica que diariamente se afronta en todas las ciudades del mundo algunos ejemplos de esta son por ejemplo el robo na de estas situaciones podemos elacionarla con la situacion ocurrida el dia viernes donse sucedio lo siguiente:

MACHAGAI (Agencia) - En la noche del viernes, esta ciudad se vio conmocionada por un nuevo hecho delictivo, que termino con la vida de un hombre a quien le propinaron más de treinta puñaladas.
El alevoso hecho habría ocurrido pasadas las 22,30 horas del viernes último, sobre la calle Natalia Gutiérrez casi esquina Junín del populoso Barrio Reserva 3, en el domicilio de Ramón Argentino Ramírez, de 47 años, conocido vecino de esta localidad, quien se dedicaba a la compraventa de veiculos.

Según información brindada por algunos lugareños, minutos antes Ramírez habría sido abordado por dos sujetos, con quienes supuestamente había mantenido algún tipo de transacción comercial. Una vez en el interior de la vivienda, el dueño del lugar fue atacado con armas blancas y con total alevosía lo ultimaron con más de treinta puñaladas en distintos lugares del cuerpo, para luego robarle dinero en efectivo, alhajas de oro, relojes entre otras cosas.

El cuerpo del desafortunado hombre, fue encontrado por un vecino que se identifico como M., quien se comunico de inmediato telefónicamente con la guardia de la comisaría local, informando que “el Negro Ramírez se encontraba todo golpeado y herido en su casa”. 
Diario Norte




DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA/Art 51

Este artículo establece el derecho a la vivienda digna. La vivienda digna puede ser muy diferente de acuerdo con las condiciones climáticas, ambientales, sociales o culturales de cada región. Por lo tanto lo que hace claro el concepto del derecho a la vivienda para todos los colombianos es el concepto de la dignidad.



A primera vista, puede parecer extraño abordar el derecho a la vivienda como un derecho humano básico. Un techo inadecuado e inseguro, sin embargo, amenaza la calidad de vida de los individuos, atentando directamente contra su salud física y mental. En otras palabras, la violación del derecho a la vivienda niega la posibilidad de una vida digna. Esta idea ha sido reflejada en el derecho internacional, a través de instrumentos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
A pesar de que este derecho se encuentra bien definido, existe una gran distancia entre las palabras y los hechos. De acuerdo a cifras de la ONU, mil millones de pobladores urbanos tienen problemas relacionados con la vivienda. La mayoría vive en asentamientos irregulares en países en desarrollo. De acuerdo a la sociedad civil y a diferentes expertos, la gran culpable es la globalización corporativa y sus efectos negativos en las vidas de los pobres. Como señala Miloon Kothari, relator especial de la ONU en temas de vivienda, "las apremiantes desigualdades de ingreso y oportunidad entre y dentro de los países han conducido al incremento en la cantidad de personas sin vivienda adecuada y segura. Los derechos humanos que poseen las personas y las comunidades a la vivienda, el agua y el saneamiento (…) siguen erosionándose a medida que el proceso de privatización se profundiza y acelera".










Derechos que se promueven en Colombia


DERECHO A LA VIDA/Art 11


El autor sostiene que para la adecuada comprensión del derecho a la vida consagrado en la Constitución de 1980 es necesario entenderlo como un derecho natural y obra de Dios, que se tiene por el solo hecho de ser persona, y que consiste en el derecho de mantener la vida o conservarla frente a los demás hombres, o si se quiere, en el derecho a que nadie nos la quite, y a que no pueda suprimirla ni cercenarla ni siquiera su propio sujeto. Para este análisis, el autor hace un recorrido por el constitucionalismo clásico y la noción de derecho natural en los autores clásicos, deteniéndose en el estudio del momento en que comienza la vida humana y su apoyo en legislación, doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera. En este punto comenta, además, las in-constitucionalidad de prácticas como la fecundación in vitro y el mal llamado aborto terapéutico. Concluye el autor comprendiendo en este derecho a la integridad física y psíquica de la persona, señalando además que toda figura básica de atentado contra ella, como el homicidio, el suicidio y la mutilación del cuerpo, junto con sus derivados, como el aborto y la eutanasia, son conductas intrínsecamente malas que ninguna causa puede justificar.
Profesor de Derecho Civil y Filosofía del Derecho en la Pontificia Universidad Católica de Chile/
Revista Chilena de Derecho, vol. 33 Nº 3, pp. 509 - 527 [2006]

una de las entidades que promueven este derecho son las naciones unidas:

naciones unidas en Colombia hechos y derechos

En 1945 tras la segunda guerra mundial 51 países entre los cuales se encuentra Colombia crearon las naciones unidas buscaban una defensa a la paz, el desarrollo y la seguridad colectiva mediante la cooperación internacional.

Las Naciones Unidas trabajan en todo el territorio colombiano para contribuir al respeto, la defensa y la promoción de los derechos humanos.En la base del trabajo de la ONU en Colombia está su compromiso por el respeto del derecho a la vida, la libertad y la seguridad de todos.La ONU trabaja para que nadie sea sometido a torturas o tratos crueles, para que todos sean oídos públicamente y con justicia. Informa, difunde y promueve los derechos humanos entre los colombianos, observando sistemática y analíticamente la situación de los mismos. - Realiza informes y recomendaciones para promover su respeto. - Trabaja con el Estado colombiano en la elaboración de un Plan de Acción en derechos humanos. - Impulsa programas y proyectos con base en los derechos civiles y políticos, y en los derechos económicos, sociales, culturales y medioambientales. - Apoya el fortalecimiento del sistema de justicia; capacita funcionarios públicos en temas de derechos humanos y vela por que todo proyecto legislativo sea respetuoso de los compromisos internacionales adquiridos por Colombia. Impulsa la lucha contra el crimen internacional organizado y la corrupción, y contra las drogas ilícitas, incluyendo el monitoreo de cultivos ilícitos.
Programa de las naciones unidas




DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRECION/Art 20

El derecho a la libertad de expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha por el respeto y es el que permite la promoción a los demás derechos humanos.
La lucha por la libertad de expresión es la que nos permite expresarnos individualmente, es un paso al respeto por la expresión del otro.


una de las entidades que promueve el derecho a la libertad de expresión es la IFEX-ALC América latina y el caribe.

IFEX-ALC es una alianza de 16 miembros de IFEX América Latina y el Caribe (ver lista de las organizaciones participantes abajo). Su formación comenzó a fines de 2008, cuando los miembros de IFEX en Latino américa y el Caribe expresaron su deseo y motivación de construir una colaboración sostenible que satisficiera las necesidades de redes de libre expresión de todas las organizaciones involucradas y que fortaleciera las perspectivas de una red regional. 
La misión de la IFEX-ALC es promover y defender el derecho a la libertad de expresión a través de la Alianza regional permanente entre organizaciones que promueven este derecho en América Latina y el Caribe. Para cumplir esa misión, IFEX-ALC trabaja para mejorar el impacto en la promoción y defensa del derecho a la libertad de expresión y darle visibilidad a este derecho con el fin de repercutir en la ciudadanía, los periodistas, los medios de comunicación y lasautoridades.


Los objetivos de IFEX-ALC son:

  •  Fortalecer las herramientas de monitoreo y registro, así como también los mecanismos de alerta, acompañamiento y denuncia de violaciones al derecho a la libertad de expresión de las organizaciones de la región. Lo anterior, mediante la capacitación, la creación de grupos de trabajo y/o el intercambio de información y experiencias. 
  •  Generar mecanismos de interlocución o diálogo institucional con los diferentes poderes del Estado, los organismos internacionales, los periodistas, los medios de comunicación y la sociedad civil para que se defienda, garantice y promueva el derecho a la libertad de expresión. 

Actividades para cumplir con los objetivos:

  • Base de datos para estandarizar las metodologías de las organizaciones de IFEX-ALC para monitorear y denunciar las violaciones de libertad de expresión en América Latina y el Caribe y un plan de creación de capacidad para su aplicación. 
  •  Llevar a cabo misiones de IFEX-ALC basadas en el Protocolo de Misiones de la alianza. 
  • Implementación de un plan de fortalecimiento institucional para organizaciones especificas de la Alianza.





DERECHO A LA LIBRE CIRCULACIÓN/Art 24

Este es un derecho que se ha consagrado especialmente para los colombianos. No se habla de los extranjeros aunque no quiere decir que estos no pueden disfrutar del mismo derecho en los casos en que se cumpla con la ley y los tratados internacionales sobre la materia.
Con base en este derecho es que se protege el espacio público en el cual ni los particulares ni el Estado pueden limitar la libre circulación de las personas, como en el caso de las playas o el cierre de vías de uso público por urbaniza dores para proteger determinados barrios. Tampoco se puede impedir la entrada o salida de los colombianos del país.
Derechos humanos


una entidad que promueve el derecho a la libre circulación es la ciudadanía Mercosur:

El tema principal de la Cumbre es el de Ciudadanía Regional, enfocada específicamente en la libre circulación de las personas como un derecho fundamental. Construir integración: desarrollar políticas públicas que promuevan la inclusión social, la participación, la equidad y el pleno ejercicio de los deberes y los derechos que sustentan una ciudadanía regional. Es un primer paso fundamental en la construcción de una ciudadanía regional completa. 
Mercosur ABC





DERECHO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA/Art 40

Este es un derecho que la Constitución pretende proteger ampliamente con el fin de lograr un paso real de la democracia representativa que marcó el Estado en Colombia a la democracia participativa que se viene consolidando y que solo existirá materialmente en Colombia cuando se cree una cultura ciudadana entre todos nosotros.

entidad que respalda este derecho:principalmente las naciones unidas

Las Naciones Unidas en Colombia defienden el derecho de todas las personas a la libertad de pensamiento, de expresión y de conciencia. Promueven el derecho de toda persona a participar en el gobierno de su país directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Contribuye al fortalecimiento de la Gobernabilidad y la participación ciudadana, especialmente en zonas de conflicto, mediante los programas de Reconciliación y Desarrollo, el apoyo a los Laboratorios de Paz y la difusión de buenas prácticas. Acompaña las emisoras comunitarias y a múltiples formas de expresión comunitaria.  Informa al público sobre las tareas, labores y propuestas de la ONU a nivel global , y particularmente sobre las actividades de Naciones Unidas en Colombia.



Derecho a la protección a la tercera edad/Art 46


Se trata de una norma que busca la protección de los derechos de las personas de la tercera edad; asunto de elemental justicia, teniendo en cuenta que la mayoría de las personas de la tercera edad han contribuido durante su vida con la prosperidad del país y una vez disminuye su capacidad de trabajo terminan siendo un grupo sumamente vulnerable que puede, como de hecho sucede, terminar su vida sin poder aportar a la sociedad que los margina.

una de las entidades que promueve este derecho es:

la fundación para el desarrollo integral del adulto mayor, la familia y otros grupos sociales vulnerables.

es una entidad civil, sin ánimo de lucro, de utilidad común, de carácter no gubernamental, reconocida legalmente ante la Cámara de Comercio de Bogotá, mediante documento privado del 29 de octubre de 1999. FUDESAM realiza acciones con el objetivo de atender primordial mente al adulto mayor y su entorno, al igual que otros grupos.
ONG-Protección al adulto mayor